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MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
Sefior Notario:
Slrvase usted extender en su registro de escrituras publicas, una en la que conste el
Contrato de Inversion en Exploracion que celebran el ESTADO PERUANO, debidamente
representado por el Director General de Mineria, Ingeniero Victor Manuel Vargas Vargas,
identificado con Documento Nacional de Identidad N° 08212064, autorizado por el articulo
13° del Reglamento de la Ley N° 27623 y modificatoria, aprobado por Decreto Supremo N°
082-2002-EF, con domicilio en Av. Las Artes Sur N° 260, San Borja, Lima, a quien en
adelante se denominara el ESTADO; y, de la otra parte, la empresa SIENNA MINERALS
S.A.C. identificada con R.U.C. N° 20510106394, con domicilio en Av. Larco 1301, Piso
20, Torre Parque Mar, Miraflores, Lima, representada por su gerente general senora Maria
Del Rosario Milagros Silva-Santisteban Concha, identificada con Documento Nacional
de Identidad N° 08260503, segun poder inscrito en el asiento C00007 de la Partida N°
11714944 de la Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los
Registros Publicos - SUNARP, a quien en adelante se le denominara “EL
INVERSIONISTA”; en los terminos y condiciones siguientes:
PRIMERO.- En la fecha, el ESTADO y el INVERSIONISTA han celebrado un Contrato de
Inversion en Exploracion al amparo de lo dispuesto en la Ley N° 27623 y su Reglamento
aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2002-EF.
SEGUNDO.- Por la presente, ambas partes convienen en elevar a escritura publica el
contrato antes mencionado, el mismo que se insertara, conjuntamente con la Resolucion
Ministerial N° 004-2009-MEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10
de enero de 2009, que designa al Ingeniero Victor Manuel Vargas Vargas como Director
General de Mineria y la Resolucion Ministerial N° 200-2010-MEM/DM, publicada en el
diario antes mencionado con fecha 12 de mayo de 2010, que aprueba la lista de bienes y
servicios materia del presente contrato.
/^ecc'Or Agregue usted serior notario las demas clausulas de ley, e inserte los documentos
referidos en la clausula segunda.
Lima, 31 de mayo 2010.
Av. Las Artes Sur 260
www.minem.gob.pe San Borja, Lima 41, Peru
T. (511) 618 8700
Email: webmaster@minem.gob.pe
1 ^
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS
CONTRATO DE INVERSION EN EXPLORACION
Conste por el presente documento el Contrato de Inversion en Exploracion que
celebran:
(i) El Estado Peruano, debidamente representado por el Director General de
Mineria del Ministerio de Energia y Minas, ingeniero Victor Manuel Vargas Vargas,
identificado con Documento Nacional de Identidad N° 08212064, autorizado por el articulo
13° del Reglamento de la Ley N° 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF,
a quien en adelante se le denominara “EL ESTADO"; y,
(ii) SIENNA MINERALS S.A.C. identificada con R.U.C. N° 20510106394, con
domicilio en Av. Larco 1301, Piso 20, Torre Parque Mar, Miraflores, Lima, representada por
dona Maria Del Rosario Milagros Silva-Santisteban Concha, identificada con Documento
Nacional de Identidad N° 08260503, segun poder inscrito en el asiento C00007 de la
Partida N° 11714944 de la Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia
Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, a quien en adelante se le denominara “EL
INVERSIONISTA”, en los terminos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: Antecedentes
1.1. EL INVERSIONISTA es titular o concesionario de la concesion minera
sehalada en el Anexo III.
1.2. Mediante Ley N° 27623, norma que dispone la devolucion del Impuesto
General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal a los titulares de la actividad
minera durante la fase de exploracion, de fecha 8 de enero de 2002, se establecio que los
titulares de las concesiones mineras tendran derecho a la devolucion definitiva del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promocion Municipal que les sean
trasladados o que paguen para la ejecucion de sus actividades durante la fase de
exploracion.
1.3. Mediante Decreto Supremo N° 082-2002-EF, de fecha 16 de mayo de 2002, se
aprobo el Reglamento de la Ley N° 27623 y mediante Resolucion Ministerial N° 530-2002-
EM, se aprobo el modelo de Contrato de Inversion en Exploracion.
1.4. A fin de acogerse al beneficio contemplado en las precitadas normas, EL
INVERSIONISTA ha solicitado con fecha 25 de noviembre de 2009 la suscripcion del
Contrato de Inversion al que se refiere el articulo 1° de la Ley N° 27623.
CLAUSULA SEGUNDA: Objeto del Contrato
Es objeto del presente contrato permitir el acceso del INVERSIONISTA a los
beneficios del regimen de devolucion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de
Promocion Municipal al que se refieren la Ley N° 27623 y su Reglamento, los mismos que
no surtiran efecto de existir incumplimiento por parte del INVERSIONISTA a lo dispuesto
en dichas normas.
CLAUSULA TERCERA: Compromisos de las partes
3.1. Compromisos del INVERSIONISTA:
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MINISTERIO DE ENERGlA Y MINAS
Por medio del presente contrato, el INVERSIONISTA, se compromete a ejecutar, a
partir de la suscripcidn del mismo, inversiones en exploracion en la concesidn senalada en
la clausula 1.1. por un monto de US$ 1 732 733,00 (Un Millon Setecientos Treinta y Dos
Mil Setecientos Treinta y Tres 00/100 Dolares Americanos), en un plazo de once (11)
meses contados a partir del mes de mayo 2010 hasta marzo de 2011.
Las inversiones referidas en el parrafo precedente se ejecutaran de conformidad
con el Programa de Inversion que se adjunta como Anexo I y que forma parte integrante
del presente contrato y estaran destinadas a la obtencion de los bienes y servicios
comprendidos en la lista aprobada por Resolucion Ministerial N° 200-2010-MEM/DM,
publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de mayo de 2010, la misma que como
Anexo II forma parte del presente contrato.
3.2. Compromises del ESTADO:
Por su parte, el ESTADO se compromete a otorgar al INVERSIONISTA los
beneficios contemplados en la Ley N° 27623, siempre que este cumpla con los requisitos
establecidos en dicho dispositivo legal y en su reglamento.
Asimismo, el ESTADO garantiza la estabilidad de este regimen de devolution por
lo que cualquier modificacion normativa al mismo, posterior al presente contrato, no le
resultara aplicable.
CLAUSULA CUARTA: Ajustes al Programa de Inversion
El Programa de Inversion antes mencionado podra ser modificado en el curso de
su ejecucidn. La aprobacion de cualquier modificacion deberd solicitarse a la Direction
General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas, siendo de aplicacidn todas las
normas que regulan la presentacidn y aprobacidn de nuevos programas. De ser el caso,
luego de la aprobacidn de las modificaciones al Programa de Inversidn, se procedera a
adecuar el presente contrato mediante addendum.
/ CLAUSULA QUINTA: Ejecucion del Programa de Inversion
La ejecucion del Programa de Inversion sera efectuada de acuerdo con lo
establecido en el Reglamento de la Ley N° 27623.
CLAUSULA SEXTA: Causales de Resolucion
Constituyen causales de resolucibn de pleno derecho del presente contrato, sin
que medie el requisito de comunicacion previa, las siguientes:
6.1. El inicio de las operaciones productivas con anterioridad al cumplimiento del
programa de inversion en exploracion comprometido. Entidndase por inicio de operaciones
productivas el termino establecido en el segundo parrafo del articulo 3° del Reglamento.
6.2. La extincion de la concesion minera a la que se refiere el numeral 1.1 de la
clausula primera del presente documento.
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-■M** °*l *
MINISTERIO DE ENERGfA Y MINAS
CLAUSULA SETIMA: Arbitraje
Cualquier litigio, controversia o reclamation relativa a la interpretation, ejecucion o
validez del presente contrato sera resuelta mediante arbitraje de Derecho, llevado a cabo
en la ciudad de Lima.
El arbitraje sera realizado por un Tribunal Arbitral conformado por tres miembros,
de los cuales cada una de las partes nombrara uno, dentro del plazo de treinta (30) dias
contados a partir del pedido de nombramiento, siendo el tercero nombrado de comun
acuerdo por los dos primeros, dentro de los treinta (30) dias siguientes al nombramiento
del segundo arbitro.
El plazo de duration del proceso arbitral no debera exceder de sesenta (60) dias
habiles, contados desde la fecha de designation del ultimo arbitro y se regira por lo
dispuesto en el Decreto Legislative N° 1071, norma que regula el arbitraje y/o las normas
que lo sustituyan o modifiquen.
Los gastos que se generen por la aplicacion de lo pactado en la presente clausula,
seran sufragados por las partes contratantes en igual medida.
Los gastos notariales y/o registrars que origine este contrato, son de cargo del
INVERSIONISTA
CLAUSULA OCTAVA: Notificaciones
Para los efectos del presente contrato, las partes senalan como sus domicilios los
indicados en la introduction del presente documento, donde se les considerara presentes.
Las notificaciones dirigidas a los domicilios indicados se tendran por bien hechas.
Cualquier cambio de domicilio deberci notificarse por escrito con una anticipation de diez
(10) dias calendario. Las comunicaciones o notificaciones que se cursen antes de tomar
conocimiento del nuevo domicilio, surtiran efecto en el domicilio anterior.
En serial de conformidad, las partes suscriben el presente documento en tres
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ANEXO I
SIENNA MINERALS S.A.C.
CRONOGRAMA DE INVERSIONES EN EXPLORACION -
DE MAYO 2010 A MARZO 2011
(En Dolares Americanos)
Bienes y Servicios 2011 TOTAL
Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Enero Febrero Marzo
Servicios de Operaciones de Exploracibn Minera 11,689.00 4,356.00 264,172.00 264,172.00 264,172.00 264,172.00 264,172.00 4,356.00 4,356.00 4,356.00 264,172.00 1,614,145.00
Servicios de Perforacibn 11,356.00 4,356.00 243,506.00 243,506.00 243,506.00 243,506.00 243,506.00 4,356.00 4,356.00 4,356.00 243,506.00 1,489,816.00
Ensayes de Laboratorio 333.00 0.00 20,666.00 20,666.00 20,666.00 20,666.00 20,666.00 20,666.00 124,329.00
Otros Servicios Vinculados a la Actividad de 10,832.00 9,332.00 11,988.00 11,988.00 11,988.00 11,988.00 11,988.00 8,832.00 8,832.00 8,832.00 11,988.00 118,588.00
Exploracion Minera
Servicios de alojamienlo y alimentation 900.00 900.00 2,200.00 2,200.00 2,200.00 2,200.00 2,200.00 900.00 900.00 900.00 2,200.00 17,700.00
Servicio de asesoria, consultoria, estudios tecnicos 5,432.00 5,432.00 3,888.00 3,888.00 3,888.00 3,888.00 3.888.00 5,432.00 5,432.00 5,432.00 3,888.00 50,488.00
especiales y auditoria
Alquiler de maquinaria 500.00 500.00 4,000.00 4,000.00 4,000.00 4,000.00 4,000.00 500.00 500.00 500.00 4,000.00 26,500.00
Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales 0.00 0.00 1,400.00 1.400.00 1,400.00 1,400.00 1,400.00 0.00 0.00 0.00 1,400.00 8,400.00
suministros
Servicios reladonados con la protection ambiental 4,000.00 2,500.00 500.00 500.00 500.00 500.00 500.00 2,000.00 2,000.00 2,000.00 500.00 15,500.00
TOTAL 22,521.00 13,688.00 276,160.00 276,160.00 276,160.00 276,160.00 276,160.00 13,188.00 13,188.00 13,188.00 276,160.00 1,732,733.00
ANEXOII
418766 # NORMAS LEGALES B Peruano
Uma, mrtrcoles 12 de mayo de 2010
tiempo de permanenda en el tenitorio peruano. En los Articulo 2*.- Se derogan las disposidones distintas a
casos en que corresponda se solicitara opinidn previa del lo estableddo en el Articulo 1s de la presente Resoludbn
Ministerio de Relaciones Exteriores"; y o que limiten su aplicadbn.
Con la opinion favorable del Ejbrcito del Peru y de Registrese. comuniquese y publiquese.
conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley N° 28899;
SE RESUELVE: OSCAR A. PAJUELO RAMlREZ
Articulo 1*.* Autorizar el ingreso al territorio de la Presidente
Consejo Normativo de Contabilidad
Republica de los siauientes efectivos de las Fuerzas JORGE L. DE VELAZCO BORDA
Armadas de los Estados Unidos de America, del 10
al 15 de mayo de 2010, para realizar una visits de Representante de la Superintendenda
coordinadbn a autoridades del Ejbrcito del Peru en Nadonal de Administradon Tributaria
el marco del Ejerdcio de Entrenamiento de Campo GREGORIO M. RAMlREZ ROJAS
(FTT):
Representante de la Comisibn Nadonal
1) CAPITAN MICHEL SHIVER Supervisors de Empresas y Valores
2) SARGENTO JACINTO CHUMBIRIZA MARlA E. HERNANDEZ PASTOR
3) SARGENTO ANDREW BRITTON
Representante de la Confederacies Nadonal de
Articulo 2°.- Poner en conodmiento del Presidente Institudones Empresariales Privadas
del Consejo de Ministros la presente resoludbn, a fin que VICTOR H. CACERES ASCENCIO
db cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que
se contrae el articulo 5* de la Ley N° 27856, modificado Representante de las Facultades de Ciencias
por Ley N° 28899. Contabies de las Universidades del Pais
Registrese, comuniquese y publiquese. EUGENIO ARAUJO APACLLA
Representante del Institute Nadonal de
JOS£ ANTONIO GARCiA BELAUNDE Estadistica e Informatics
Ministro de Reiadones Exteriores MARlA L. RlOS DIESTRO
Encargado del Despacho de Defensa
Representante de la Superintendenda de Banca,
482103-1 Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pen si ones
492096-1
ECONO MIA Y FINANZAS
Aprueban versidn modificada del Plan ENERGIA Y MINAS
Contable General Empreaarial
CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD Aprueban liita de bienes y servicios
cuym adquisicion otorgara derecho
RESOLUCI6N N° 043-2010-EF/94 ,<
a devolucidn del IGV e Impuesto de
Lima, 4 de mayo de 2010
Promocidn Municipal a favor de Sienna
CONSIDERANDO: Minerals S.A.C. durante la Case de
exploracidn
Que. por Resoludbn N° 041-2008-EF/94 del RESOLUCldN MINISTERIAL
Consejo Normativo de Contabilidad se aprobb el uso
obligatorio del Plan Contable General Empresarial N* 200-2010-MEM/DM
(PCGE); Lima, 10 de mayo de 2010
Que, mediante Resoludbn N° 042-2009-EF/94 del
Consejo Normativo de Contabilidad se dispuso diferir el CONSIDERANDO:
uso obligatorio del Ran Contable General Empresarial
hasta el 1 de enero del afto 2011, con aplicadbn optativa Que, mediante Decreto Supremo N° 082-2002-EF se
en el afio 2010;
Que, el Plan Contable General Empresarial establece aprobb el Reglamento de la Ley N° 27623, modificada por
un procedimiento de actualizadbn y vigenda el mismo la Ley N° 27662, que dispone la devoludbn del Impuesto
que contempla la auscultadbn peribdica con organismos General a las Ventas e Impuesto de Promodbn Munidpal
y/o profesionales de la contabilidad; a los titutares de la actividad minera durante la fase de
Que, el articulo 10° de la Ley N° 28708, seftala que exploradon;
las atribudones del Consejo Normativo de Contabilidad Que, el inciso c) del articulo 6° del dtado Reglamento
son estudiar, analizar y opinar sobre las propuestas de estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se
normas relatives a la contabilidad de los sectores publico aprobara mediante resoludbn ministerial del Ministerio de
y privado, emitir resoludones dictando y aprobando Energia y Minas, previa opinion favorable del Ministerio
las normas de contabilidad para las entidades del de Economia y Finanzas;
sector privado, y absolver consultas en materia de su Que, por Decreto Supremo N° 150-2002-EF se aprobb
competencia; la lista general de los bienes y servicios cuya adquisidbn
En uso de las atribudones conferidas en el articulo otorgara el derecho a la devoludbn definitiva del
10° de la Ley N° 28708, Ley General del Sistema Nadonal Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promodbn
de Contabilidad, y en orden a lo acordado por el Consejo Munidpal;
Normativo de Contabilidad; Que, la empresa SIENNA MINERALS S A C. solicitb al
Ministerio de Energia y Minas la suscripdbn de un Contrato
SE RESUELVE; de Inversibn en Exploradon, adjuntando la lista de bienes
y servidos cuya adquisidbn le otorgara el derecho a la
Articulo 1°.- Aprobar la version modificada del Plan devoludbn del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Contable General Empresarial, el mismo que forma parte de Promodbn Munidpal, durante la fase de exploradon,
de la presente Resoludbn y disponer su difusibn en la Que, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante
pbgina Web de la Direcdbn Nacional de Contabilidad Ofido N° 181-2010-EF/15.01 de fecha 23 de abril de
Publics: http://cpn.mef.gob.pe, que entrarb en vigenda a 2010, emitib opinion favorable a la lista de bienes y
partir del 01 de enero del afio 2011, con aplicadbn optativa servidos presentada por la empresa SIENNA MINERALS
en el presente afio. S.A.C. considerando que la lista presentada por la citada
BPemano * NORMAS LEGALES 418767
Luna, m^reotas 12 ds mayo de 2010
empresa coincide con los bienes y servicios aprobados M* SUBMRTOA descripciOn
por el Decreto Supremo N° 150-2002-EF, adecuada al NACtONAL.
Arancel de Aduanas vigente; 34 9014.80.0000 LOS DEMASINSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGAClON.
Con la opinidn favorable de la Direction General de 35 9015.10.0000 TELEMETROS
Minerfa del Ministerio de Energfa y Minas; 36 901520.10W TEOOOUTOS
De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del 37 9015.20.2000 TAQU (METROS.
articulo 6s del Reg lame nto de la Ley N° 27623, aprobado 38 9015.30.0000 NIVELES
por Decreto Supremo Nc 082-2002-EF y el literal h) del 39 9015.40.1000 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRlA,
articulo 9° del Reglamento de Organizacton y Fundones ELECTRICOS 0 ELECTRONICOS
del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto 40 9015.40.9000 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRlA
Supremo N° 031-2007-EM; EXCEPTO ELECTRICOS 0 ELECTRONICOS
41 9015.80.10.00 LOS DEMAS WSTRUMBTTOS Y APARATOS aECTRICOS 0
SE RESUELVE: ELECTRON ICOS EXCEPTO DE FOTOGRAMETRlA
42 9015.80.9000 LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS EXCEPTO
Articulo Unico.- Aprobar la lista de bienes y servicios ELECTRICOS 0 ELECTRONICOS
43 9015.90.0000 PARTES YACCESORIOS
cuya adquisiddn otorgara el derecho a la devolution del
44 9020. WOO 00 LOS OEMAS APARATOS RESP1RATORIOS Y MASCARAS
Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promotion ANTIGAS. EXCEPTO LAS MASCARAS DE PROTECClON SIN
Munidpal a favor de la empresa SIENNA MINERALS MECANISMO Nl ELEMENTO FLTRANTE AMOVBLE.
S.A.C. durante la fase de exploration, de acuerdo con 45 9027.30.WW espectrOmetros, espectrofotOmetros y
el Anexo que forma parte integrante de la presente ESPECTR0GRAFOS QUE UTILCEN RADIACIONES OPTICAS
resolution ministerial. {UV. VISIBLES, IR).
Registrese, comuniquese y publlquese. 46 9030.33.WW LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA MEDIDA
0 CONTROL DE TENSION, INTENSIDAD, RESISTENCIA 0
POTENCIA, SW DtSPOSTIVO REGISTRADOR.
PEDRO SANCHEZ GAMARRA
Ministro de Energia y Minas II. SERVICIOS
ANEXO
a) Sarvicioe da Op endow ea da CxptaracMn Milan:
LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN - Topogtffcosygeodtoicos.
DERECHO A LA DEVOLUCI6N DE IGV e IPM * Geokfocos y gaotecnicos fmduye petrogrbficos, mineragrtficos. hidroibgicos, resftudbn
fotogrambtrica, foiografias aftrsas, mecbnica da rocas].
SIENNA MINERALS S.A.C. Services geofsicos y geoquimeos fnduye eraayes).
- Servicios de psrfcraddn diamantina y de caculadqn revena (roto percusiva).
Servicios aerrtopoqrtfcos
I. BIENES - Servicios de rHerpretactin muteespectra* de imbgms ya seen satefctaies o equipos
aefotransportados.
N* 8UBMRTDA DESCRJPClON - Ensayes de labaralorio (anitas de minerdas, Melos, mua, etc).
hacwhal h)nh--- ■*»«■■■■« ■
1 2508.10.WW BENTONITA. - Servido de Moiamisnto y afmsntadbri dal penonai operalivo dal HUar dal Proyecto.
2 3824.90 60W PREPARACIONES PARAFLUIDOS DE PERFORAClON DE POZOsI - Servido deasesoria,consdfc)r1a.estudiosl4enia>sespedalesy auditories destmados a las
fLODOS-). adwdadea de »xplorao6n mnera
3 3926.90 60.W PROTECTORES ANTIRRUIDOS DE MATERIA PLASTCA - Servicios de dseflo. consSucdfln mortaje induaHiai. eMdhco y meciraco. srmado y
4 6401.10.00. W CAL2ADO CON PUNTERA METALCA DE PROTECClON. desarmado de maquinrat y equpo nacaaario para las aedvidades de la eaptoradim
5 6506.10.W.W CASCOS DE SEGURIDAD HNRVIi
6 7228.80.W.W BARRAS HUECAS PARA PERFORAClON, DE ACEROS ALEADOS - Servooa da irapeeddn, marasnmento y rsparadfln da maquinaria y equipo uttzado en
OSINALEAR las actnndades de exptoracKin mmera
7 7304.22.W.W TUBOS DE PERFORAClON DE ACEROINOXIOABLE • Alquier o arrandamianto Unanaero de maquinara. vehiculos y equipos necesarios para las
8 7304.23.W.W LOS DEMAS TUBOS DE PERFORAClON actmdades da exptoraadn
9 8207.13.10.W TREPANOS Y CORONAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET - Transporta da pataonal. maqunaha, equipo. matohMes y surrarastros necesanos para las
10 8207.13.20.W BROCAS CON PARTE OPERANTE OE CERMET actvidadasdeeaploracidnylaconatruccidndecainpamentos.
11 8207 13.30. W BARRENASINTEGRALES CON PARTE OPERANTE DE CERMET • Semoos m*dcos y hoapiWano*
12 8207.13.90.W LOS DEMAS UTILES CON PARTE OPERANTE DE CERMET - Sarvidos reMaonados con la prdaccidn amtuentai
13 8207 19.10 W TREPANOS Y CORONAS EXCEPTO DE CERMET - Seondoa de adtamaa e intomMca
14 8207.1921 .W BROCAS DIAMANTAQAS EXCEPTO DE CERMET wMl«~aia jijljtu w M antiiMii rnmiink ■jhIAhl ii»i| In In In n i r, ■ itnlilil
- oemcios oe corDunicaciones, mciuyen comuncacion raotai, teteionia saieiitai
15 8207 1929.W LAS DEMAS BROCAS EXCEPTO DE CERMET Y DIAMANTADAS. - Sarvidos de saguridad mdudnai y contraincendna.
16 8207 19.30. W BARRENAS INTEGRALES - Sarvcaos de saguridad y vigiianaa de nstatacmies y personal operativo
17 8207 19.80.W LOS DEMAS UTILES INTERCAMBIABLES DE PERFORAClON Y - Servicios de saguros.
SONDEO - Servidoa de rascals, audio.
18 8207 90. WW LOS DEMAS UTILES'INTERCAMBIABLES.
19 8430.41 .W.W LAS DEMAS MAQUINAS DE SONDEO O PERFORAClON 491902-1
AUTOPROPULSAOAS.
8430.49.W.W LAS DEMAS MAQUINAS DE SONDEO Y PERFORAClON
20 Aprueban transferencia a titulo gratuito
EXCEPTO AUTOPROPULSAOAS
21 8431 43.10. W BALANCINES. de bienes que conforman proyecto
22 8431.43.90. W LAS DEMAS PARTES DE LAS MAQUINAS DE SONDEO 0
PERFORAClON DE LAS SU0PARTIOAS 8430.41 U 8430 49 de ampliacidn de sistema electrico
23 8517.61 W.W ESTACIONES BASE. ubicado en el departamento de Junln a
24 8517.62.90. W LOS DEMAS APARATOS PARA LA RECEPClON. CONVERSION Y
TRANSMISlON 0 REGENERAClON DE VOZ. IMAGEN U OTROS la empresa ELECTROCENTRO S.A.
DATOS.
RESOLUCI6N ministerial
25 85234022. W SOPORTES 0PTICOS GRABADOS PARA REPROOUCIR IMAGEN
O IMAGEN YSONIDO. N° 201-2010-MEM/DM
26 8523.4029.W LOS DEMAS SOPORTES 0PTICOS GRABADOS.
27 870421.10.10 CAMIONETAS PICK-UP DE ENCENOIOO POR COMPRESlON, Lima, 10 de mayo de 2010
ENSAMBLAOAS CON PESO TOTAL CON CARGA MAXIMA
INFERIOR 0IGUALA4.537 T. DIESEL CONSIDERANDO:
28 8705.20.W.W CAMIONES AUTOMOVILES PARA SONDEO 0 PERFORAClON.
29 9006.30.W.W CAMARAS ESPECIALES PARA FOTOGRAFlA SUBMARINA 0 Que, mediante Decreto Supremo N° 026-2007-EM de
AEREA, EXAMEN MEDICO de Organos INTERNOS 0 PARA
LABORATORIOS DE MEDCINA LEGAL O IDENTIFICAClON fecha 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusiOn del Proyecto
JUDICIAL. de Mejoramiento de la Electrification Rural mediante la
30 9011.10.W.W MICROSCOPIOS ESTEREOSC0PICOS AplicatiOn de Fondos Concursables - Proyecto FONER y
31 9011.20.W W LOS DEMAS MICROSCOPIOS PARA FOTOMICROGRAFlA, la Direction Eiecutiva de Proyectos, creOndose la Direction
CINEFOTOMICROGRAFlA O MICROPROYECCI0N General de Electrification Rural, la misma que ha entrado
32 9012.10.W.W MICROSCOPIOS, EXCEPTO LOS 0PTICOS; DIFRACTOGRAFOS. en fundones el 01 de enero de 2008;
33 9014.20.WW INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA NAVEGAClON AEREA 0 Que, previa Adjudication Directa Publica N° ADP-
ESPACIAL (EXCEPTO LAS BRUJULAS). 0009-2006-EM/DEP, con fecha 22 de febrero de 2007,
r
ANEXO III
SIENNA MINERALS SAC
CONCESION MINERA
ITEM NOMBRE DE CODIGO HECTAREAS
CONCESION UNICO
1 IGOR 15007753X01 1000